lunes, 22 de junio de 2020

S2. Actividad 1. Reglamento de estudios y Código de ética de la UnADM



Después de dar lectura y análisis al Reglamento de estudios y Código de ética de la UnADM, doy respuesta a las preguntas de la actividad S2 Actividad 1:

Para poder inscribirme al semestre contiguo, no debo adeudar más de tres materias, seguir la seriación correspondiente a mi plan de estudios, no pasar el tiempo máximo estipulado para terminar con el plan de estudios y no contar con una suspensión de derecho a cursar una asignatura o módulo hasta por un semestre, baja temporal o baja definitiva. (Artículo 9).
Para el derecho a cursar la carga académica máxima, debo haber completado satisfactoriamente el total de las asignaturas de los semestres anteriores y que las materias solicitadas se encuentren disponibles para poder realizar el registro en la plataforma. (Artículo 24)

Es en artículo 29 donde nos define la obligación que tengo como estudiante a entregar evidencias de aprendizaje inéditas. (Artículo 29)

Las oportunidades que tengo para cursar una asignatura serán solo dos. La ordinaria y la de recursamiento. (Artículo 32)

Puedo causar baja por inactividad en cualquiera de las asignaturas o módulos cuando no exista evidencia de que haya entregado tareas, no exista participaciones en los foros, en las actividades colaborativas o no exista envío de archivos. Esto, durante un periodo de veintiún días naturales que correrán a partir del inicio del bloque. (Artículo 40)

El plazo que tengo para cubrir la totalidad del plan de estudios no debe exceder el 100% adicional al tiempo previsto y contará a partir de la inscripción. (Artículo 45)

Los derechos de los estudiantes se describen el en artículo 57. Las obligaciones de los estudiantes se describen en el artículo 58 y las causas de responsabilidad de los estudiantes están descritos en el artículo 59.

Donde considero que deberé poner especial atención, es en el artículo 58 fracc. XIII. Ya que en el describe la importancia de tener a consideración las fechas que estipule la Universidad para el cumplimiento y realización de los trámites necesarios. (Artículo 58, fracc XIII)

Con respecto al Código de ética de la UnADM, el apartado dos que tiene por título “Honestidad”, menciona en el punto número tres sobre la propiedad intelectual de otras personas, exhortando a otorgar el reconocimiento del trabajo de otros y evitar hacer lo contrario a los principios éticos.


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